Saltar al contenido
Home » Blog » El Régimen de Franquicia del IVA:

El Régimen de Franquicia del IVA:

  • por

En primer lugar, cabe responder a la siguiente pregunta: ¿qué es, y cómo funciona, el IVA franquiciado?

Este régimen especial, que se implementará en España en los próximos años, recogido en la Directiva 2020/285, supondrá para muchos autónomos y pequeños empresarios el fin de la declaración del IVA trimestral.

Aquellos que facturen menos de 85.000 euros – 100.000 para actividades intracomunitarias – y opten por este régimen, se verán exentos de presentar declaraciones de IVA, debiendo, únicamente, realizar una declaración anual con el fin de demostrar que se cumplen los requisitos de aplicación de este régimen, aunque habrá que esperar a lo que se establezca en nuestra legislación para conocer el resto de requisitos que puedan exigirse.

De esta forma, quienes se acojan al régimen de IVA franquiciado, no tendrán que repercutir IVA en sus facturas. Sin embargo, esto tiene una contraparte, y es que no se podrá deducir gastos.

¿En qué podría beneficiarme este régimen?

Dependerá de la situación particular y de la actividad que se lleve a cabo. Así, un autónomo con pocos gastos podría beneficiarse de este sistema, pudiendo llegar a ahorrar una buena cantidad de dinero en caso de que mantuviese los precios al no tener que abonar IVA trimestral. Sin embargo, para aquellos cuya actividad le reporte grandes cantidades de IVA deducible (por ejemplo, la hostelería), podría no resultar tan ventajoso.

En principio, está previsto que el IVA franquiciado llegue a España en 2025, sumándose a otros países de la Unión Europea que ya cuentan con regímenes similares.

En Rey & Peña Abogados prestamos servicios a autónomos y pequeños empresarios, contacta con nosotros en contacto@ryp-abogados.com

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *