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Retraso en el pago del salario: ¿Cuándo aplica el interés por mora en el pago del salario?

¿Puede un trabajador reclamar un 10% adicional si la empresa se retrasa en el pago de su salario?

La respuesta es , y así lo ha vuelto a confirmar el Tribunal Supremo en una reciente sentencia de mayo de 2025.

En este artículo te explicamos cuándo se aplica el interés por mora, qué dice el artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores y cómo lo interpretan los tribunales.

Interes por mora en el pago del salario.

¿Qué es el interés por mora en el salario?

El interés por mora salarial es una compensación que debe abonar el empleador cuando se retrasa en el pago del salario. Está regulado en el artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores (ET), que establece:

“El interés por mora en el pago del salario será del diez por ciento de lo adeudado.”

¿Cuándo se aplica este 10%?

Hasta hace algunos años, los tribunales exigían que la deuda salarial fuera indiscutida y líquida para que se aplicara el interés. Pero eso cambió radicalmente con la sentencia del Tribunal Supremo de 17 de junio de 2014, que estableció un criterio objetivo y automático.

Esto significa que:

  • El interés se aplica siempre que haya una deuda salarial, sin importar si hubo discusión judicial o complejidad en el cálculo.
  • No es necesario probar mala fe de la empresa, ni si hubo razón para que no pagara.
  • No importa si el importe se discutió o era dudoso al inicio.

¿Qué ha dicho el Tribunal Supremo en 2025?

En la Sentencia del Tribunal Supremo 2065/2025, el alto tribunal vuelve a confirmar esta doctrina y rechaza que:

  • El interés del 10% pueda evitarse porque existiera un conflicto colectivo previo.
  • El retraso en el pago se deba a un “cambio jurisprudencial” o “complejidad del caso”.

El Supremo recuerda que solo en casos excepcionales y muy concretos —como conflictos constitucionales o límites legales de gasto público— puede no aplicarse el interés del 10%.

¿Por qué esto es importante para los trabajadores?

Porque esta interpretación protege el valor del salario como derecho fundamental. Si una empresa se retrasa en pagar conceptos salariales (por ejemplo, parte de las vacaciones, guardias, pluses…), el trabajador tiene derecho a:

  • Recibir la cantidad adeudada.
  • Cobrar además un 10% extra en concepto de intereses.

¿Y si el salario se estaba discutiendo en juicio?

Da igual. El Supremo ha dicho que incluso si la empresa pensaba que no debía pagar, el trabajador tiene derecho a los intereses desde el momento del impago.

Conclusión

El interés por mora salarial del 10% es obligatorio, objetivo y automático según la doctrina del Tribunal Supremo.
Si eres trabajador y tu empresa ha tardado en pagarte parte del salario —aunque sea por conceptos discutidos— puedes reclamar ese 10% adicional.

En Rey & Peña Abogados contamos con un equipo de abogados laboralistas expertos en reclamaciones de salarios impagados. Contacta con nosotros y descubre cómo podemos ayudarte.

 

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