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PEDRO SÁNCHEZ ANUNCIA LA DISOLUCIÓN DE LAS CORTES Y LA CONVOCATORIA DE ELECCIONES PARA EL 23 DE JULIO

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El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez Pérez-Castejón, anunció ayer la disolución de las Cortes y la nueva convocatoria de elecciones generales el próximo día 23 de Julio, habiéndose publicado en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 400/2023, de 29 de mayo, recogiendo estos extremos.

Este mecanismo aparece recogido en el artículo 115 de nuestra Constitución, el cual prevé la facultad del Presidente del Gobierno de proponer, previa deliberación del Consejo de Ministros, la disolución del Congreso, Senado, o Cortes Generales, disolución que será decretada por el Rey de conformidad con lo estipulado en el artículo 62, apartado b) de la Constitución.

Consiste, de manera simple y resumida, en poner fin anticipado al mandato parlamentario, teniendo iguales efectos que el agotamiento de la legislatura, procediéndose a una nueva convocatoria de elecciones para conocer su nueva composición. Es decir, se anticipa el final sin necesidad de que transcurra el periodo por el que fue elegido.

¿Por qué el 23 de julio? 

De acuerdo con el artículo 115 CE, el decreto de disolución fijará la fecha de las elecciones, debiendo tener lugar estas, de conformidad con lo aseverado en el artículo 68.6 CE, “entre los treinta días y sesenta días desde la terminación del mandato”.

Es el artículo 42.1 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral el que determina que las elecciones deberán celebrarse el día quincuagésimo cuarto posterior a la convocatoria, es decir, 54 días después de la convocatoria.

Este mecanismo es bastante habitual, de hecho fue utilizado por los dos presidentes del gobierno anteriores, Mariano Rajoy, con el Real Decreto 977/2015, y José Luis Rodríguez Zapatero, con el Real Decreto 1329/2011.

Por tanto, tendremos que esperar hasta el próximo domingo 23 de julio para conocer la nueva composición de las Cortes que desde hoy han quedado disueltas.

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